Tasa de Interés Moratorio (TIM),

Por Miguel Piedecasas

El autor analiza la reciente implementación de la Tasa de Interés Moratorio (TIM), creada por el Banco Central en 2026 para resolver deudas judiciales en contextos inflacionarios, y afirma que esta herramienta surge como una respuesta técnica al vacío legal del art. 768 del Código Civil y Comercial, permitiendo a los jueces aplicar un interés que promedia tasas activas y pasivas. Así, a través de fallos recientes, se observa una reinterpretación de la doctrina legal para proteger el valor de las indemnizaciones frente a la depreciación monetaria, a partir de lo cual, destaca que, aunque la TIM facilita el cálculo y ofrece mayor previsibilidad, su aplicación enfrenta desafíos respecto a la prohibición del anatocismo y la indexación encubierta.

 

Leer texto completo haciendo click aqui👉🏼: TIM

Share This